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Los Colegios de Ingenieros Agrónomos de España estamos preparando un plan de formación en competencias digitales, con el objetivo de presentar solicitud a las ayudas de Red.es, que permitirán ofrecer esta formación gratuita a sus colegiados en esta materia.

Empleo Público

OEP 2022: 10 plazas para la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.

Plazo solicitudes: 3 junio

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     Con el objetivo de unificar criterios para aplicar una metodología común para todos los Estados miembros a la hora de determinar los valores umbral para las sustancias que originan situaciones de riesgo en las aguas subterráneas

    El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, ha aprobado la modificación del anexo II del Real Decreto de protección de las aguas subterráneas contra la contaminación y el deterioro, para adecuar la legislación española a la Directiva Marco del Agua de la Unión Europea, que puedes consultar al final de la noticia.

      La Directiva, traspuesta al ordenamiento jurídico español desde 2009, fue modificada en julio de 2014, lo que exige la adaptación de nuestra legislación para transponer las modificaciones introducidas en la nueva Directiva.

       El objetivo de la modificación ha sido el de unificar criterios a la hora de aplicar una metodología común para todos los Estados miembros de la Unión Europea en el proceso de determinación de los valores umbral para las sustancias que pueden provocar una situación de riesgo de no alcanzar los objetivos medioambientales de calidad química en una masa o grupo de masas de agua subterránea.

       El Real Decreto que hoy se aprueba modifica parcialmente el anexo II del Real Decreto hasta ahora en vigor, mediante un artículo único que consta de cuatro apartados en los que se añade una disposición final cuarta sobre habilitación normativa; se redacta más ampliamente el Anexo II (parte A); se añaden dos nuevas sustancias (fosfatos y nitritos) al listado de contaminantes del anexo; y se redacta de nuevo la determinación de los valores umbral y los criterios de inclusión en los planes hidrológicos de cuenca.

 

16 de diciembre de 2015 BOE nº. 300

Real Decreto 1075/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el anexo II del Real Decreto 1514/2009, de 2 de octubre, por el que se regula la protección de las aguas subterráneas contra la contaminación y el deterioro. [Leer+]

 

Fuente: MAGRAMA

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La Cobertura Básica se mantiene en 75.000 € por asegurado, siniestro y año. Ahora bien ¿qué excepciones hay?

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Se presenta la guía de buenas prácticas para la mezcla en campo de los productos fitosanitarios, con instrucciones y recomendaciones para la correcta realización de mezclas de productos fitosanitarios para su uso en campo, que recoge lo estipulado en el artículo 37 del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios.


 

 

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 Caja Rural Asturias
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